Ampliaron el listado de productos que están incluidos en el dólar agro

El Ministerio de Economía amplió el listado de los productos de las economías regionales alcanzadas por el Programa de Incremento Exportador (PIE), que establece un tipo de cambio diferencial temporal de $ 300 por dólar hasta el 31 de octubre, a través de la resolución 160/2023 publicada este jueves 27 de abril en el Boletín Oficial.

Tal como confirmaron, la misma estableció que las mercaderías que se incorporan son productos derivados de cadenas de hortalizas (frescas, congeladas y conservadas), preparaciones alimenticias para animales, frutas frescas y sus productos derivados; carne ovina, salvados y moyuelos provenientes de la molienda de cereales, semillas hortícolas y de otras especies.

Al respecto, el secretario de Agricultura, Juan José Bahillo, destacó que «estos programas de estímulo permitirán promover el arraigo territorial, el agregado de valor, la industrialización en origen y el incremento de las exportaciones a través del desarrollo socioeconómico armónico entre los distintos eslabones de las cadenas de valor de las Economías Regionales, en función de los objetivos establecidos por el ministro de Economía, Sergio Massa».

«Cuando hacemos estos análisis para la incorporación al Programa buscamos el punto de equilibrio teniendo en cuenta el mercado interno», expresó Bahillo, acompañado por el subsecretario de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional, Luis Contigiani

La semana pasada el Economía anunció el ingreso de más de una veintena de producciones de economías regionales, siendo los principales complejos incorporados el vitivinícola, olivícola, apícola, pesquero, foresto-industrial, de la lana, legumbres, ajo, té, manicero, tabaquero, limonero, de la ciruela, maíz pisingallo, frutas finas, frutos secos, girasol confitero, mandarinas, naranjas, arroz, arándanos, peras y manzanas, cebolla, kiwi, pomelo, entre otros.

Esta semana incorporó al sorgo, la cebada forrajera y al girasol y sus principales derivados, como el aceite y la harina.

Los requisitos para todos los productos de las economías regionales que deben cumplir los interesados en acceder a los beneficios del programa son haber exportado las mercaderías en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del decreto 194, así como asumir el compromiso de mantener o incrementar la cantidad de puestos de trabajo.

También deben comprometerse a abastecer el mercado local con esas mercaderías, debiendo mantener o incrementar los volúmenes de abastecimiento que registrare en los 18 meses anteriores a la vigencia del referido decreto.

Por último, tendrán que cumplir con el programa Precios Justos o los acuerdos de precios para el mercado local que al respecto establezca la Secretaría de Comercio.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

1 × 5 =